Términos y Condiciones / Garantía
Ultima actualización: 31 de agosto de 2026
ANEXO H
GARANTÍA LIMITADA DE LÁMINAS TEKET
Póliza vigente para el sitio web, entrega impresa y documentos comerciales
Emisor: 4B Materiales Construcción, S.A.P.I. de C.V. (TEKET)
Vigencia: Vigente
Productos: Láminas TEKET indicadas expresamente en esta póliza
1. Emisor, objeto y productos comprendidos
4B Materiales Construcción, S.A.P.I. de C.V., con nombre comercial TEKET, fabrica láminas plásticas para aplicaciones de techado y otros usos expresamente previstos en sus fichas técnicas. Esta póliza establece el alcance de la garantía comercial ofrecida por TEKET, sus condiciones, exclusiones y el procedimiento para hacerla efectiva.
La garantía se aplica únicamente a productos TEKET auténticos e identificables, adquiridos legítimamente y comprendidos en alguna de las siguientes familias:
- Láminas corrugadas opacas o traslúcidas en perfiles O3, O4, O7 y R-101.
- Láminas TEKET TEJA.
- Láminas TEKET PLUS, opacas o traslúcidas, en los perfiles y medidas expresamente comercializados por TEKET.
- Láminas planas TEKET, exclusivamente para los usos indicados en su ficha técnica. Las láminas planas no se consideran productos para techado salvo autorización técnica expresa y escrita de TEKET para el proyecto específico.
El uso de cualquier producto para una aplicación distinta de la indicada en su ficha técnica, o fuera de sus parámetros de diseño, no queda cubierto respecto de los daños o fallas relacionados con dicho uso.
2. Definiciones
| Término | Definición |
|---|---|
| Distribuidor autorizado | Persona física o moral que adquiere producto directamente de TEKET para su reventa. |
| Subdistribuidor | Persona física o moral que adquiere producto de un Distribuidor Autorizado y cuya cadena de suministro puede acreditarse. |
| Comercializador | El Distribuidor Autorizado o Subdistribuidor que vende el producto al Consumidor Final. |
| Consumidor Final | Persona física o moral que adquiere, utiliza o disfruta el producto como destinatario final y no para revenderlo, en los términos de la legislación aplicable. |
| Defecto de fabricación | Desviación atribuible al proceso de fabricación, existente al momento de la entrega, que excede las tolerancias publicadas por TEKET y afecta materialmente el uso, seguridad o desempeño funcional del producto. |
| Vicio oculto | Defecto no aparente al momento de la adquisición y sujeto a los derechos y remedios previstos por la legislación aplicable. |
| Documentación técnica | Ficha técnica, manual de instalación, instrucciones de manejo, recomendaciones de mantenimiento y demás especificaciones de TEKET vigentes en la fecha de compra. |
| Producto afectado | La pieza o las piezas concretas que presentan el daño reclamado; no incluye automáticamente las piezas del mismo techo que no presenten la falla. |
| Comprobante de compra | Factura, ticket, nota de venta, orden de compra, recibo de entrega u otro documento idóneo para acreditar producto, vendedor y fecha de adquisición o entrega. |
3. Duración de la garantía
| Familia de producto | Plazo | Inicio del plazo |
|---|---|---|
| O3, O4, O7, R-101, TEKET TEJA y láminas planas | 5 años | Fecha de entrega al primer comprador TEKET |
| TEKET PLUS | 7 años | Fecha de entrega al primer comprador TEKET |
Se entenderá por primer comprador de TEKET el cliente al que TEKET facture y entregue originalmente el producto. La fecha se acreditará con la factura, remisión y registros de lote de TEKET. Si el cliente es un distribuidor, la garantía comienza desde esa primera entrega y no desde la fecha en que el distribuidor revenda el producto. El almacenamiento o entrega posterior tampoco reinician ni amplían el plazo de garantía.
La referencia comercial a una vida útil estimada de 15 años para ciertas láminas o de 20 años para TEKET PLUS no equivale al plazo de garantía, no amplía la cobertura aquí establecida y no constituye una promesa de apariencia o desempeño inalterados. La vida útil es una estimación condicionada por el transporte, almacenamiento, clima, diseño, instalación, uso, mantenimiento y demás circunstancias del proyecto.
Cuando proceda la reposición de un producto al amparo de la garantía, el plazo aplicable a la pieza repuesta se renovará en los términos previstos por la legislación.
Lo anterior no limita los derechos irrenunciables que correspondan al Consumidor Final conforme a la ley.
4. Alcance de la cobertura
Durante el plazo aplicable, TEKET garantiza que el producto estará libre de Defectos de fabricación que afecten materialmente su desempeño en la aplicación expresamente autorizada, siempre que se cumplan todas las condiciones de esta póliza.
La cobertura puede comprender, según el producto y la evidencia técnica:
- Perforaciones, cavidades, grietas, fracturas o discontinuidades originadas en el proceso de fabricación y presentes antes de la instalación.
- Incumplimiento de dimensiones, espesor u otras propiedades por encima de las tolerancias expresamente publicadas para el producto.
- Incumplimiento de una característica de desempeño que TEKET haya garantizado expresamente para ese producto, exclusivamente dentro del método de prueba, valor, tolerancia, configuración y condiciones publicados.
- La cobertura específica frente al granizo prevista en la cláusula 6, cuando resulte aplicable.
La existencia de una filtración, deformación, rotura, cambio de apariencia o pérdida de desempeño no demuestra por sí sola un Defecto de fabricación. Deberá determinarse la causa técnica, considerando conjuntamente el producto, la estructura, la instalación, el ambiente, el mantenimiento y el evento reclamado.
5. Alcance de las afirmaciones comerciales y técnicas
| Expresión | Interpretación y límite |
|---|---|
| “Resistente a golpes” o “resistente al impacto” | Describe desempeño dentro de los valores y condiciones de ensayo publicados; no significa que la lámina sea irrompible. |
| “No se deforma” o “no se rompe” | Se refiere al comportamiento esperado bajo uso, soporte, fijación, temperatura y cargas correctos; no es una promesa absoluta frente a cualquier esfuerzo, impacto o instalación. |
| “No se amarillenta” o “resistencia al amarillamiento” | En los productos traslúcidos a los que aplique, significa cumplimiento durante el plazo de garantía de los valores o tolerancias de amarillamiento publicados para el método de prueba correspondiente. No comprende suciedad, depósitos, humo, pintura, recubrimientos, contaminación, abrasión ni pérdida de luz causada por factores externos. |
| “Resistente al sol y a la humedad” | Describe el desempeño esperado en exposición normal y con instalación correcta; no cubre temperaturas extremas, concentración de calor, inmersión, agua estancada, presión hidrostática ni condiciones fuera de diseño. |
| “Resistente a agentes químicos” | Se limita a las sustancias, concentraciones, tiempos y métodos de prueba publicados. No comprende mezclas, vapores, derrames, inmersión prolongada ni sustancias no evaluadas. |
| “Inoxidable” | Significa que la lámina plástica no se oxida como una lámina metálica. No cubre corrosión de tornillos, rondanas, estructura u otros componentes ajenos a TEKET. |
| “Antibacterial” o “no le salen hongos” | Se limita al material y a las condiciones de prueba aplicables; no cubre crecimiento superficial originado por polvo, materia orgánica, humedad retenida, contaminación o falta de limpieza. |
| Comparativos de temperatura, ruido o iluminación | Corresponden a configuraciones específicas de prueba y no garantizan idéntico resultado en toda construcción. |
| REGLA DE INTERPRETACIÓN. Ningún video, demostración o prueba aislada amplía la garantía más allá de la muestra, configuración, método, soporte, fijación y condiciones técnicas documentadas. | |
6. Cobertura específica frente al granizo
Para las láminas O3, O4, O7, R-101 y Teket Teja comercializadas expresamente para techado, incluidas sus versiones TEKET PLUS cuando correspondan a esos perfiles, TEKET garantiza resistencia al impacto directo de granizo únicamente cuando se cumplan simultáneamente todas las condiciones de esta póliza y cada impacto individual se mantenga dentro de los tres límites siguientes:
| Parámetro máximo | Límite cubierto |
|---|---|
| Energía cinética por impacto | Hasta 1 joule |
| Velocidad de impacto | Hasta 17 metros por segundo |
| Diámetro máximo de cada granizo | Hasta 1.5 centímetros (15 milímetros) |
| LÍMITE DECISIVO. Los tres parámetros son máximos acumulativos: para que el evento se encuentre dentro de la cobertura, ninguno puede ser excedido. Si se rebasa cualquiera de ellos, el daño por granizo queda fuera de esta cobertura específica. | |
La cobertura por granizo se limita a perforación o fractura que atraviese el espesor de la lámina y que sea atribuible directa y exclusivamente al impacto cubierto. No comprende marcas, abolladuras, raspaduras, alteraciones de textura, cambios cosméticos, microfisuras sin afectación funcional, ruido, filtraciones originadas en traslapes o fijaciones, ni daños a la estructura, impermeabilización, accesorios, bienes o personas.
También quedan excluidos los daños causados o agravados por:
- Granizo de tamaño, velocidad o energía superiores a cualquiera de los límites; impactos múltiples o repetidos sobre un mismo punto; densidad o duración extraordinarias; granizo impulsado por viento que exceda los parámetros; acumulación o desprendimiento de hielo.
- Claros excesivos, pendiente insuficiente, estructura deformable, fijaciones inadecuadas, tornillos flojos o sobreapretados, perforaciones incorrectas, falta de holgura térmica, volados excesivos, traslapes deficientes o cualquier incumplimiento de la Documentación técnica.
- Alteraciones o intervenciones realizadas sobre la lámina; aplicación de pinturas, impermeabilizantes o recubrimientos; contaminación química; exposición a fuentes de calor concentrado o a temperaturas fuera del rango publicado; reparaciones incorrectas; o impactos, perforaciones, fracturas u otros daños previos no atribuibles a un Defecto de fabricación que hayan reducido materialmente la resistencia del producto.
Para evaluar el evento podrán considerarse datos meteorológicos oficiales, fotografías, videos, muestras, patrón de daños, estado de la estructura, mediciones, peritajes o ensayos de laboratorio. Si la lámina fue retirada, reparada, perforada, recubierta, desechada o alterada de forma que impida determinar razonablemente la causa, TEKET podrá declarar el reclamo técnicamente no verificable, en la medida permitida por la legislación.
La resistencia al granizo no convierte a TEKET en asegurador de la construcción ni constituye una garantía frente a cualquier tormenta.
7. Condiciones indispensables de instalación, uso y mantenimiento
Para conservar la garantía, deberá acreditarse razonablemente que la pieza reclamada fue transportada, almacenada, cortada, manipulada, instalada, utilizada, limpiada y mantenida conforme a la ficha técnica, manual de instalación y demás documentación de TEKET aplicable al producto y vigente en la fecha de compra. En particular:
- Pendiente mínima de 15%, salvo que la ficha técnica exija una pendiente mayor debido al perfil, longitud, ubicación, régimen de lluvias u otras condiciones de la instalación.
- Distancia entre apoyos no mayor a la autorizada para el perfil, espesor, longitud y versión específica del producto.
- Traslapes transversales y longitudinales ejecutados conforme al manual de instalación y, en zonas de viento, con las medidas reforzadas allí previstas.
- Fijación en la parte alta de la onda, con tornillería adecuada para la estructura, rondanas de EPDM y sin sobreapretar, perforar indebidamente o deformar la lámina.
- Perforación previa y holgura suficiente para permitir la expansión y contracción térmica. Como referencia general, el orificio deberá ser aproximadamente 3.2 milímetros mayor que la fijación, cuando así lo indique el manual aplicable.
- Colocación del lado liso hacia arriba y del lado gofrado hacia abajo, salvo instrucción previa y por escrito de TEKET para un producto o aplicación específicos.
- Volado no mayor al límite publicado. Como referencia general, el volado máximo será de 15 centímetros cuando así lo establezca el manual aplicable.
- Estructura correctamente diseñada, estable, alineada, nivelada, libre de aristas cortantes y apta para soportar las cargas, viento, lluvia y demás condiciones propias del lugar de instalación.
- Ausencia de tránsito directo sobre las láminas. Durante la instalación, mantenimiento o reparación deberán utilizarse tablones apoyados y alineados con la estructura, así como el equipo de seguridad correspondiente.
- Ausencia de pinturas, resanes, rellenos, impermeabilizantes, primers, adhesivos, selladores, espumas, resinas, cementos, morteros, recubrimientos térmicos o químicos, películas, cintas u otros materiales aplicados o adheridos a las láminas sin autorización previa y por escrito del área Técnica o de Calidad de TEKET. Tampoco deberán utilizarse solventes, combustibles, aceites, limpiadores agresivos, sustancias corrosivas ni productos incompatibles con el polipropileno. Queda exceptuada la aplicación localizada de cinta de butilo compatible con polipropileno, utilizada exclusivamente para sellar perforaciones o daños puntuales y colocada conforme a las indicaciones técnicas de TEKET. Esta reparación no invalidará por sí misma la garantía de las áreas no afectadas; sin embargo, tampoco convierte la perforación o daño original en un defecto de fabricación ni implica que TEKET garantice la aplicación, hermeticidad, duración o desempeño de una reparación realizada por terceros. La garantía no cubrirá daños causados, relacionados o agravados por materiales no autorizados o reparaciones incorrectas. Siempre que sea razonablemente posible, deberán conservarse fotografías anteriores y posteriores a la reparación. Si la intervención impide identificar el producto o determinar razonablemente la causa original de la falla, el reclamo sobre el área reparada podrá considerarse técnicamente no verificable, sin afectar los derechos irrenunciables que pudieran corresponder respecto de un defecto de fabricación independiente y demostrable.
- Inspección periódica y corrección oportuna de fijaciones, rondanas, traslapes, obstrucciones, acumulaciones, daños y condiciones inadecuadas de la estructura.
TEKET fabrica y comercializa láminas, pero no diseña la estructura ni presta el servicio de instalación, salvo contratación expresa y por escrito en sentido distinto. El cálculo estructural, la selección del producto y la correcta ejecución de la instalación son responsabilidad del proyectista, constructor, instalador y propietario, dentro del ámbito de sus respectivas funciones.
8. Productos de fabricación especial y longitudes
La garantía estándar para instalación como pieza completa aplica hasta una longitud máxima de 3.66 metros en las líneas O3, O4, O7, R-101, TEKET TEJA y demás productos estándar, y hasta 7.32 metros en TEKET PLUS, siempre que la ficha técnica del perfil no establezca un límite menor.
Las piezas que excedan esos largos se consideran fabricación especial destinada principalmente a ser cortada por el Distribuidor, Subdistribuidor o cliente antes de la instalación. Si una pieza de mayor longitud se instala completa sin autorización técnica expresa y escrita de TEKET, quedan fuera de cobertura los daños o fallas de deflexión, movimiento térmico, fijación, viento, filtración, impacto, granizo, manipulación, transporte o desempeño relacionados con su longitud.
Los cortes, perforaciones, maquinados, acabados y dimensiones realizados por terceros no están garantizados por TEKET. Lo anterior no excluye, dentro de los límites legales, un Defecto de fabricación del material que sea independiente de la fabricación especial o de la transformación posterior.
9. Exclusiones
Además de las limitaciones específicas anteriores, esta garantía no cubre daños, fallas o pérdida de desempeño causados o agravados por cualquiera de las siguientes circunstancias:
| Categoría | Supuestos excluidos |
|---|---|
| Compra, identidad o trazabilidad | Producto falsificado, remarcado, de origen no acreditable, sin identificación suficiente o cuya cadena de suministro no pueda verificarse razonablemente. |
| Transporte, almacenamiento y manejo | Golpes, arrastre, doblez, enrollado no autorizado, apilado o soporte incorrectos, exposición a calor durante almacenamiento, humedad atrapada, contaminación, carga o descarga inadecuadas, o daños posteriores a la entrega. |
| Selección o diseño | Perfil, espesor, largo o producto inadecuados; cálculo estructural insuficiente; incompatibilidad con la obra; uso horizontal de láminas planas; o cualquier aplicación no autorizada. |
| Instalación | Pendiente o apoyos incorrectos; estructura deficiente; traslapes, fijaciones, perforaciones, rondanas, holguras, sellos, orientación o volados contrarios a la Documentación técnica; caminar, almacenar objetos o aplicar cargas sobre la lámina. |
| Componentes de terceros | Falla, corrosión, expansión, contracción, desprendimiento o incompatibilidad de estructuras, tornillos, rondanas, selladores, cumbreras, canalones, aislantes, plafones, impermeabilizantes u otros elementos no fabricados por TEKET. |
| Alteración o intervención | Intervenciones contrarias a la Documentación técnica o no autorizadas por TEKET, incluidos cortes, perforaciones, reparaciones, calentamiento, soldadura, pintura, impermeabilización, adhesivos o recubrimientos. Se exceptúan las operaciones propias de una instalación correcta y la aplicación localizada de cinta de butilo permitida en la cláusula 7. |
| Uso y mantenimiento | Uso negligente o distinto al previsto; falta de limpieza o inspección; obstrucciones; agua estancada; acumulación de basura, tierra, hojas, hielo o nieve; fijaciones deterioradas; o falta de reparación oportuna. |
| Agentes ambientales o químicos | Ácidos, álcalis, solventes, hidrocarburos, sales, cloro, fertilizantes, vapores, humo, hollín, partículas, materia orgánica, contaminación industrial o biológica, exposición a solventes/líquidos corrosivos, concentraciones o exposiciones no previstas en las pruebas publicadas. |
| Temperatura y radiación | Fuego, flama, chispas, superficies calientes, fuentes de calor, reflexión o concentración solar, equipos térmicos, temperaturas fuera del rango publicado o cambios térmicos extraordinarios. |
| Fenómenos y hechos externos | Huracanes, tornados, sismos, asentamientos, deslizamientos, inundaciones, rayos, incendios, explosiones, vandalismo, disturbios, caída de ramas u objetos, animales, impactos ajenos al granizo cubierto, viento o lluvia por encima de los parámetros de diseño y granizo fuera de la cláusula 6. |
| Desgaste y apariencia | Suciedad, manchas, depósitos, pérdida de brillo, rayones, marcas, variación de tono, textura, gofrado, transparencia o apariencia entre lotes; decoloración o envejecimiento normal dentro de tolerancias; y defectos meramente estéticos que no afecten la función. |
| Sistema constructivo | Filtraciones por traslapes, fijaciones, sellos, pendiente, estructura o diseño; condensación del inmueble; ventilación insuficiente; ruido o temperatura interior; y desempeño integral del techo que no derive de un Defecto de fabricación de la lámina. |
| Uso previo o producto de segunda mano | Producto reinstalado, recuperado, usado, de exhibición, vendido como saldo con daño informado o transferido después de haber sido instalado, salvo derechos irrenunciables aplicables. |
Una exclusión se aplicará únicamente en la medida en que exista relación técnica entre la circunstancia excluida y el daño reclamado, salvo que la alteración o pérdida de evidencia haga imposible determinar razonablemente la causa.
10. Cómo presentar una reclamación
El Consumidor Final puede presentar la reclamación ante el Comercializador que realizó la venta o directamente ante TEKET por cualquiera de los siguientes medios:
- Correo electrónico: info@teket.mx
- Teléfono y WhatsApp: 56 3333 3222
- Sitio web: www.teket.mx
- Domicilio: Parque Logistics Center Toluca, Edificio A, Paseo Tollocan km 53.9, Lerma de Villada, Estado de México, C.P. 52000.
La reclamación deberá presentarse tan pronto como sea razonablemente posible después de advertir el problema, preferentemente dentro de los 30 días naturales siguientes, para evitar que el daño se agrave o se pierda evidencia. Este plazo de aviso no reduce los plazos ni derechos irrenunciables previstos por la ley.
Para identificar el producto y realizar la investigación, se deberá proporcionar, en la medida en que resulte aplicable y esté disponible:
- Nombre y datos de contacto del reclamante.
- Comprobante de compra y fecha de entrega.
- Modelo, perfil, color, medida, cantidad, lote o código identificador.
- Nombre del Comercializador y, si se conoce, del instalador.
- Domicilio y fecha de instalación; uso del inmueble y descripción de la estructura.
- Descripción cronológica del problema y fecha en que se detectó.
- Fotografías y videos generales y de detalle, incluyendo techo, apoyos, fijaciones, traslapes, pendiente, estructura, etiquetas y piezas afectadas.
- En reclamaciones por granizo, fecha y hora aproximadas, ubicación, evidencia del granizo, daños del entorno y cualquier dato meteorológico disponible.
- Información adicional estrictamente necesaria para determinar identidad, instalación y causa del daño.
La falta de un documento específico no extinguirá por sí sola los derechos legales cuando la compra, identidad del producto y reclamación puedan acreditarse por otros medios idóneos.
11. Conservación de evidencia, inspección y dictamen
El reclamante deberá adoptar medidas razonables para evitar que el daño se agrave, sin exponerse a riesgos. No deberá caminar sobre las láminas. Salvo emergencia de seguridad, deberá permitir que TEKET o el Comercializador inspeccionen el producto antes de retirarlo, repararlo, cubrirlo, desecharlo o modificarlo.
Cuando sea indispensable retirar una pieza por seguridad o para evitar daños mayores, deberán conservarse muestras representativas y documentarse mediante fotografías o video su ubicación, fijaciones, traslapes, apoyos, orientación y estado antes y durante el retiro.
TEKET podrá:
- Solicitar aclaraciones o evidencia adicional estrictamente necesaria.
- Realizar una inspección razonable en el sitio, previa coordinación y con autorización de acceso.
- Tomar o solicitar muestras representativas, dejando constancia de su identificación.
- Apoyarse en personal técnico, peritos o laboratorios competentes o acreditados cuando la naturaleza del caso lo requiera.
TEKET acusará recibo de la reclamación y comunicará cualquier información faltante. Una vez que cuente con elementos suficientes y, en su caso, se haya realizado la inspección o ensayo, emitirá una determinación fundada dentro del plazo legal aplicable. Si se requiere un estudio externo, lo informará al reclamante y dará seguimiento por escrito.
La negativa injustificada de acceso, la destrucción de la evidencia o una reparación o alteración que impida establecer la causa podrá hacer que el reclamo sea técnicamente no verificable, sin perjuicio de los derechos que legalmente correspondan.
12. Cumplimiento y remedios
Si la reclamación resulta procedente, TEKET cumplirá la garantía de conformidad con la legislación aplicable. Según la naturaleza del caso, podrá incluir la reposición de las piezas afectadas por producto nuevo de las mismas especificaciones o, si ya no se fabrica, por uno funcionalmente equivalente.
La reposición se limita a la cantidad de piezas que presenten el defecto comprobado. Las diferencias razonables de tono, textura, brillo, gofrado o apariencia entre una pieza nueva y producto envejecido o de otro lote no constituyen incumplimiento.
Cuando resulten aplicables los derechos por defectos, vicios ocultos o incumplimiento de especificaciones previstos en la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Consumidor podrá ejercer las opciones, devoluciones, reducciones, bonificaciones, compensaciones o demás remedios que dicha ley reconozca. Esta póliza no sustituye ni limita esos derechos.
TEKET o el proveedor responsable cubrirán los gastos necesarios y razonables para el cumplimiento de la garantía cuando legalmente corresponda. No se reembolsarán mejoras, sustitución de piezas no afectadas, trabajos ajenos al defecto, gastos innecesarios ni reparaciones realizadas sin aviso y oportunidad razonable de inspección, salvo medidas urgentes indispensables para proteger a las personas o evitar un daño mayor debidamente documentado.
Fuera de los derechos irrenunciables previstos por la ley, esta garantía comercial no agrega cobertura por pérdida de uso, pérdida de ingresos, lucro cesante, daños a contenidos, acabados, estructura u otros bienes, ni por mano de obra, desinstalación, reinstalación, andamios, equipos, almacenamiento o servicios de terceros cuando el daño no sea imputable a un Defecto de fabricación cubierto.
13. Distribuidores, subdistribuidores e instaladores
El Comercializador deberá entregar esta póliza al Consumidor Final al momento de la entrega del producto, conservar la trazabilidad de la operación y comunicar las fichas técnicas y el manual de instalación aplicables.
Ningún distribuidor, subdistribuidor, vendedor, instalador o tercero está autorizado para modificar, ampliar o renunciar a nombre de TEKET a las condiciones de esta garantía. Toda garantía adicional ofrecida por un tercero será responsabilidad de quien la emita, salvo que TEKET la haya aceptado expresamente por escrito.
El Comercializador y TEKET atenderán las responsabilidades que legalmente les correspondan. La presentación de un reclamo directamente ante uno de ellos no impide al consumidor ejercer los derechos que la ley le reconozca frente a los demás proveedores responsables.
14. Privacidad
Los datos personales y la evidencia proporcionados durante una reclamación serán tratados exclusivamente para identificar el producto, investigar el caso, coordinar inspecciones, cumplir la garantía y atender obligaciones legales, conforme al Aviso de Privacidad publicado en www.teket.mx.
15. Ley aplicable, controversias y validez
Esta garantía se rige por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y, cuando corresponda una relación de consumo, por la Ley Federal de Protección al Consumidor. El consumidor podrá acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor o ejercer las acciones que legalmente procedan.
Ninguna cláusula implica renuncia a derechos irrenunciables. Si una limitación resultara inaplicable, se interpretará y aplicará hasta el máximo permitido por la ley, sin afectar la validez de las demás disposiciones.
Esta póliza es la garantía vigente de TEKET y se aplicará conforme a la fecha de adquisición y a la legislación aplicable. Ninguna actualización posterior podrá reducir derechos previamente adquiridos.
16. Identificación para la copia impresa
El Comercializador deberá completar o acompañar la siguiente información. La omisión de un campo no invalida por sí sola los derechos del consumidor cuando la operación pueda acreditarse por otros medios.
| Dato | Información |
| Producto / familia | |
| Perfil, color y medida | |
| Cantidad | |
| Lote o código | |
| Comercializador | |
| Factura / ticket | |
| Fecha de compra | |
| Fecha de entrega |
Conserve esta póliza, el comprobante de compra, la ficha técnica y el manual de instalación correspondientes.